Art. Séptimo

Art. Séptimo

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En vigor desde 1 ene 2023
Los porcentajes a aplicar a efectos de la información sobre el destino del coste de los cargos del sistema eléctrico en el contenido de la factura de electricidad, de conformidad con los apartados tercero y cuarto de la Resolución por la que se establece el contenido mínimo y el modelo de factura de electricidad, serán los siguientes: – RECORE: 0 %. – Déficit: 81,0 %. – TNP: 18,0 %. – Otros: 1,0 %.
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eli/es/o/2022/12/23/ted1312#septimo