Art. 1
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1. El objeto de esta orden es establecer la retribución y los cánones de acceso aplicados a los almacenamientos subterráneos básicos de aplicación para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2021, así como la revisión de las retribuciones de esta actividad de los ejercicios 2018, 2019 y 2020.
2. Asimismo, conforme con la disposición transitoria tercera apartado segundo del Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, esta orden publica las retribuciones definitivas del año 2019 de las actividades de distribución, transporte y de plantas de GNL y los saldos en relación con los valores provisionales publicados en la Orden TEC/1259/2019, de 20 de diciembre, por la que se establecen la retribución de la actividad de almacenamiento subterráneo básico y los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas para el año 2020.
3. Conforme con lo dispuesto en la disposición transitoria vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, se publica el extracoste definitivo del suministro de gas manufacturado en la Comunidad Autónoma de Canarias correspondiente al año 2019, así como el valor provisional de los años 2020 y 2021.
4. Por último, la orden publica la anualidad del déficit acumulado a 31 de diciembre de 2014, así como su reparto entre los diferentes tenedores de dicho derecho de cobro.
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Proeli/es/o/2020/12/29/ted1286#art-1