Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 8 oct 2025
1. Los espacios marinos protegidos Red Natura 2000 objeto de esta norma se encuentran localizados en aguas de soberanía o jurisdicción española y comprenden la totalidad del espacio marino, incluido el lecho, el subsuelo, la columna de agua y la columna de aire suprayacente, así como los recursos naturales existentes dentro de los límites que se muestran en el anexo. 2. La información geográfica de estos espacios marinos protegidos de la Red Natura 2000 se encuentra publicada en el portal de internet del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en formato digital, cuya descarga será libre y gratuita.
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eli/es/o/2025/09/29/ted1085#art-2