Capítulo CAPÍTULO II
Art. 17
17 / 32En vigor desde 21 nov 2020
1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de seis meses, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la correspondiente convocatoria de ayudas en el «Boletín Oficial del Estado», que se computará según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurrido dicho plazo el órgano competente para resolver no hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada su solicitud.
2. La resolución de concesión se notificará al solicitante conforme a lo dispuesto en el artículo 8.
3. Las ayudas concedidas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
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Proeli/es/o/2020/11/11/ted1079#art-17