Art. Disposición adicional cuarta

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 1 oct 2021
La retribución provisional del Operador del Mercado Organizado de gas natural para el año de gas 2022 se fija en 3.571.750 euros, que incluye: a) Retribución por gestión de garantías para el periodo comprendido entre el 1 octubre y el 31 de diciembre de 2021: 179.750 euros, que corresponde con la cuarta parte de la cifra aprobada en la disposición transitoria primera de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, para el año natural 2021 (719.000 €). b) Retribución por gestión de garantías para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2022: 534.000 euros. Esta cifra constituye las tres cuartas partes de la retribución del año de gas 2022 (712.000 €). c) Retribución transitoria por gestión del mercado correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022: 2.858.000 euros.
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