Art. Primero

Art. Primero

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En vigor desde 29 abr 2019
El objeto de esta Orden es adoptar las orientaciones de política energética que de conformidad con lo dispuesto en el artículo uno del Real Decreto-Ley 1/2019, de 11 de enero, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia deberá tener en consideración para la aprobación de las circulares que se especifican en los artículos siguientes y que se contienen en el plan normativo aprobado por su Consejo el 13 de febrero de 2019.
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