Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 29 mar 2019
Esta orden se dicta al amparo de las competencias exclusivas que al Estado otorga el artículo 149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución, en materia de bases y coordinación general de la sanidad y de legislación básica sobre protección del medio ambiente.
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