Art. 1
1 / 15En vigor desde 1 ene 2019
El objeto de la presente orden es desarrollar los aspectos de detalle del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad y de la emisión del informe de verificación de la sostenibilidad, referido en el artículo 11.1.c) del Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo (en adelante, RD de sostenibilidad).
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Proeli/es/o/2018/12/27/tec1420#art-1