Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria primera
16 / 22En vigor desde 1 ene 2019
1. Con carácter provisional, y hasta que se publique la metodología para su cálculo, la retribución del operador del mercado organizado de gas para el año 2019 es de 3.337.507 €.
2. Una vez que se disponga de dicha metodología y de los datos necesarios para su aplicación se procederá al cálculo de la retribución definitiva y el saldo, positivo o negativo, en relación con las retribuciones provisionales se reconocerá como pago único en la primera liquidación disponible.
3. En la liquidación 14 de 2019 se incluirá la diferencia, positiva o negativa, entre las cantidades percibidas por el operador del mercado organizado de gas por aplicación del procedimiento de liquidación general y la retribución reconocida «ex–ante» para 2019.
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Proeli/es/o/2018/12/20/tec1367#disposicion-transitoria-primera