Art. Primero
1 / 4En vigor desde 12 dic 2018
1. En el plazo de quince días desde la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, como organismo encargado de las liquidaciones del sistema, transferirá 60 millones de euros al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, procedentes del superávit eléctrico generado hasta la entrada en vigor de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional centésima trigésima octava de la Ley 6/2018, de 3 de julio.
2. La cuantía citada en el apartado anterior será destinada, como cuantía inicial, susceptible de ser incrementada con otros créditos disponibles del presupuesto del Ministerio y la cofinanciación procedente de los Fondos Comunitarios FEDER, a convocatorias de ayudas a la inversión para instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en territorios no peninsulares, conectadas al sistema eléctrico, en proyectos susceptibles de ser cofinanciados con Fondos FEDER.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2018/12/07/tec1314#primero