Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 22 feb 2008
El Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se integra en el Registro General del Departamento, cuya instalación en soporte informático garantizará su interconexión e integración con el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
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eli/es/o/2008/02/18/tas408#art-4