Art. 29
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª Convenio especial para cuidadores de personas en situación de dependencia

Art. 29

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En vigor desde 15 sept 2007
En lo no previsto en los artículos anteriores de este Capítulo se aplicará lo dispuesto en el Capítulo I de esta Orden. Se renumera por el art. único.3 de la Orden TAS/2632/2007, de 7 de septiembre. Su anterior numeración era .

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Pro

eli/es/o/2003/10/13/tas2865#art-29