Art. 4
4 / 12En vigor desde 13 sept 2004
La protección de los datos afectados en el tratamiento telemático frente a accesos no autorizados se realizará mediante los controles que se detallan a continuación:
4.1 Accesos a la aplicación. Los accesos a la aplicación se controlarán mediante el Certificado SILCON, emitido por la Seguridad Social. Para ello, se habilitarán los correspondientes certificados desde las unidades autorizadas, quedando de esta manera registrado e identificado el acceso de los usuarios al proceso.
4.2 Acceso a entornos. Para el acceso a los entornos afectados por la aplicación, la unidad responsable de la infraestructura corporativa de seguridad informática de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social se encargará de registrar a los usuarios del proceso telemático asignándolos un perfil de acceso adecuado a cada uno de ellos, dependiendo de las funciones que les corresponda desempeñar.
4.3 Firma electrónica. Se firmarán electrónicamente las solicitudes de modificación de crédito, la confirmación o reparos a su tramitación, las notificaciones de posibles incidencias en cuanto a la documentación presentada, mediante la transmisión de ficheros y datos, las tomas de razón, y las comunicaciones de autorización.
4.4 Archivo y custodia. Los expedientes de modificación de crédito incluirán la documentación requerida por su normativa reguladora. La aportación de la citada documentación se entenderá sustituida, a todos los efectos y con plena validez y eficacia, por las transmisiones de ficheros y datos que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la presente Orden.
Los agentes detallados en el artículo 2 de esta Orden serán responsables del archivo y custodia de los expedientes de modificación de crédito por ellos iniciados.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social será responsable del archivo y custodia de las resoluciones de autorización y de los informes que, en su caso, deba emitir el Ministerio de Economía y Hacienda.
4.5 Fichero histórico. La aplicación mantendrá un fichero histórico de modificaciones de crédito en una base de datos en la que se identificará cada expediente con un número de serie, que el sistema asignará automáticamente, por orden de recepción, y que será único a lo largo del ejercicio presupuestario. La unidad responsable del desarrollo de la aplicación de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social tendrá a su cargo la custodia, mantenimiento y salvaguarda del fichero histórico, una vez finalizado el ejercicio presupuestario, de modo que sea accesible en cualquier momento por los usuarios autorizados que así lo requieran.
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Proeli/es/o/2004/07/29/tas2839#art-4