Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
27 / 29En vigor desde 8 jun 2007
La presente orden ministerial, salvo el capítulo II, se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución.
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Proeli/es/o/2007/06/05/tas1622#disposicion-final-segunda