Art. 6
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 8 jun 2007
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta orden ministerial se tramitará en régimen de concesión directa, según lo establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, y en las normas de procedimiento y bases reguladoras que dicten las administraciones competentes, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional única del citado Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo. 2. En el ámbito de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal serán de aplicación las normas de procedimiento establecidas en el capítulo II.
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eli/es/o/2007/06/05/tas1622#art-6