Secc. Sección octava. Normas particulares sobre recaudación en período voluntario›§ Subsección 3.ª Supuestos especiales de liquidación y pago de cuotas
Art. 51
60 / 75En vigor desde 31 oct 2010
1. Los distintos conceptos constitutivos de las cantidades objeto de devolución como consecuencia de un ingreso indebido reconocido en vía administrativa o judicial, así como del coste de garantías objeto de reembolso, a que se refiere esta sección, se aplicarán con cargo al presupuesto de ingresos de la Tesorería General de la Seguridad Social, con las excepciones que se señalan en el apartado siguiente.
2. Cuando la devolución o reembolso del coste de las garantías se refiera a cuotas por contingencias cubiertas con una mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, a cuotas por conceptos de recaudación conjunta con las de Seguridad Social y a otros recursos ajenos al sistema, así como al reintegro de prestaciones por desempleo, su formalización tendrá carácter extrapresupuestario, aplicándose su importe con cargo a la cuenta de relación de la mutua, órgano u organismo que corresponda.
Se modifica por el art. único.8 de la Orden TIN/2777/2010, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2010-16552 . Se añade por el art. único.11 de la Orden TAS/3512/2007, de 26 de noviembre. Ref. BOE-A-2007-20779 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2005/05/25/tas1562#art-51