Art. [preambulo]
En vigor desde 23 may 2007
La Ley 41/2006, de 26 de diciembre, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales, prevé en su disposición transitoria primera la constitución de una Comisión gestora compuesta por un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales actualmente existentes, la cual deberá elaborar unos Estatutos provisionales reguladores de los órganos de Gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales, que remitirá al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Elaborados por la citada Comisión gestora los indicados Estatutos provisionales y verificada su adecuación a la legalidad, procede, conforme a lo previsto en dicha disposición transitoria, ordenar su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En su virtud, en uso de las atribuciones concedidas por la disposición transitoria primera de la Ley 41/2006, de 26 de diciembre, dispongo:
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Proeli/es/o/2007/05/10/tas1415#preambulo-pr