Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final única
26 / 26En vigor desde 23 may 2007
Los presentes Estatutos surtirán efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Ley 41/2006, de 26 de diciembre.
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Proeli/es/o/2007/05/10/tas1415#disposicion-final-unica-1