Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 22 dic 2017
En la transferencia y en el acceso a los datos se utilizarán mecanismos de identificación y autenticación que se ajusten a las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
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