Art. Segundo
2 / 3En vigor desde 10 ago 2021
De conformidad con lo previsto en el artículo 11.1.i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, confiérase traslado de esta orden a la Abogacía General del Estado al objeto de solicitar la ratificación judicial
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Proeli/es/o/2021/08/06/snd858#segundo