Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 26En vigor desde 20 jul 2025
1. La presente orden tiene por objeto:
a) Establecer las normas de organización y funcionamiento del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y, a tal efecto, determinar su composición, así como las funciones de los órganos de dirección y consulta.
b) Regular las funciones del Archivo Central del Ministerio de Sanidad, de los archivos de gestión y del Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
c) Prever el régimen y calendario de las transferencias y de las propuestas de eliminación de documentos.
d) Crear el Grupo de Trabajo de Coordinación de Archivos y Gestión Documental del Ministerio de Sanidad y de los organismos públicos vinculados o dependientes del mismo.
2. El ámbito de aplicación de esta orden abarcará a todos los archivos de cualquier órgano del Ministerio de Sanidad y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
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Proeli/es/o/2025/06/23/snd671#art-1