Art. 1
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

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En vigor desde 18 may 2020
La presente orden tiene por objeto establecer las condiciones para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas por el estado de alarma, en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
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