Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad
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Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad

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Índice de la norma
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Disposiciones generales
sezione Sección 1.ª Objeto y ámbito de aplicación
sezione Sección 2.ª Medidas de higiene y prevención
Flexibilización de medidas de carácter social
Condiciones para el desarrollo de la actividad en establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados
Condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración
De las viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores
Condiciones para la reapertura de las residencias para investigadores
Condiciones para la reapertura de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos
Medidas de flexibilización en el ámbito de la cultura
sezione Sección 1.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de las bibliotecas
sezione Sección 2.ª Condiciones en que debe desarrollarse la reapertura al público de salas de exposiciones y su actividad
sezione Sección 3.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de visita a monumentos y otros equipamientos culturales
sezione Sección 4.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de cines, teatros, auditorios y espacios similares, y de otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales
sezione Sección 5.ª Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas
Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva
Condiciones para la reapertura al público de las piscinas recreativas y uso de las playas
Condiciones para el desarrollo de las actividades de turismo activo y naturaleza y otras actividades de ocio
Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos
Medidas de flexibilización en el ámbito educativo y de la formación
Condiciones para el desarrollo de actividades de formación práctica presencial para personal ferroviario.