Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 16 abr 2020
El procedimiento de evaluación es el establecido el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada. La relación de evaluaciones y las notificaciones que correspondan se remitirán al Registro Nacional de Especialistas en Formación, en los plazos establecidos en el mencionado real decreto.
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eli/es/o/2020/04/15/snd346#segundo