Art. Octavo

Art. Octavo

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En vigor desde 21 mar 2020
Se habilita a la persona titular de la Secretaría General de Sanidad a dictar todas las resoluciones que procedan en desarrollo de lo previsto en la presente orden. Se añade por el apartado 1.4 de la Orden SND/267/2020, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2020-3953

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eli/es/o/2020/03/15/snd234#octavo