Art. Disposición adicional única

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 29 abr 2006
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta orden, se llevará a efecto la implantación del sistema de intercomunicación y coordinación de órganos instructores y la elaboración y aprobación de las guías de evaluación.
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eli/es/o/2006/04/18/sco1245#disposicion-adicional-unica