Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 6.ª De los órganos unipersonales de carácter ejecutivo
Art. 33
33 / 132En vigor desde 21 dic 2019
El Consejo General creará además aquellos cargos directivos que se precisen para el desarrollo de sus competencias mediante fórmulas tales como direcciones ejecutivas, direcciones técnicas o cualquier otra fórmula gerencial o directiva en los términos que contemple su organigrama.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/12/18/scb1240#art-33