Art. 1
1 / 10En vigor desde 18 jul 2009
Esta disposición tiene por objeto proteger la salud de la población garantizando el uso adecuado de las sustancias empleadas para el tratamiento del agua destinada a la producción de agua de consumo humano, para lo que se actualiza el anexo II del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano mediante el anexo I de la presente orden.
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Proeli/es/o/2009/07/08/sas1915#art-1