Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

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En vigor desde 2 feb 2010
Son órganos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas: a) El Pleno. b) El Presidente. c) La Comisión Permanente. d) La Asamblea de Decanos o Presidentes.
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eli/es/o/2010/01/21/sas145#art-2