Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
5 / 24En vigor desde 2 feb 2010
Son órganos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas:
a) El Pleno.
b) El Presidente.
c) La Comisión Permanente.
d) La Asamblea de Decanos o Presidentes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2010/01/21/sas145#art-2