Art. Artículo único

Art. Artículo único

1 / 2
En vigor desde 14 abr 2013
Se aprueba la Norma específica de peritación de daños en la producción de acelga y espinaca, amparados por el Seguro Agrario Combinado que se inserta a continuación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2013/04/05/pre576#articulo-unico