Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
32 / 36En vigor desde 19 mar 2013
Las funciones que hasta ahora tenían atribuidas las Unidades suprimidas pasarán a ser ejercidas por los órganos regulados en la presente Orden, de acuerdo con las funciones que a cada uno de ellos se le asignan.
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Proeli/es/o/2013/03/15/pre422#disposicion-adicional-tercera