Art. Sexto

Art. Sexto

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En vigor desde 6 dic 2005
1. Corresponde a la Junta de Centro asistir al Director del CIFOR, así como aprobar el programa científico-técnico del mismo, conocer los convenios y contratos con otras entidades o personas físicas que afecten al Centro y cuantas funciones le asignen los Órganos Directivos del INIA. 2. La Junta de Centro será presidida por el Director del CIFOR, y estará formada por todos los coordinadores de Departamento. El Secretario, con voz y voto, será elegido entre sus miembros.
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