Capítulo CAPÍTULO I
Art. Primero
1 / 36En vigor desde 23 feb 2002
Esta Orden tiene por objeto el desarrollo de los siguientes derechos y obligaciones de los usuarios respecto a la prestación de los servicios de telecomunicaciones disponibles al público y de redes públicas de telecomunicaciones:
Derechos de desconexión de determinados servicios.
Ordenación de los servicios de tarificación adicional.
Derecho de compensación por la interrupción del servicio.
Facturación de las llamadas de conexión a Internet.
Depósitos de garantía.
Información sobre las condiciones de prestación de los servicios.
Suspensión temporal e interrupción definitiva de los servicios.
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Proeli/es/o/2002/02/14/pre361#primero