Art. 4

Art. 4

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En vigor desde 31 dic 2015
Teniendo en cuenta las escalas de procedencia a las que se refieren los artículos anteriores, se establecen los siguientes tipos de cursos: a) Los dirigidos a los procedentes de la Escala de Oficiales. b) Los dirigidos a los procedentes de la Escala de Oficiales que conlleven los efectos de capacitación para el ascenso al empleo superior. c) Los dirigidos a los procedentes de la Escala facultativa superior. d) Los dirigidos a los procedentes de la Escala facultativa superior que conlleven los efectos de capacitación para el ascenso al empleo superior. e) Los dirigidos a los procedentes de la Escala facultativa técnica.
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eli/es/o/2015/12/29/pre2840#art-4