Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª Alcance de la acreditación
Art. 83
87 / 159En vigor desde 26 sept 2007
Con relación al nivel de calificación de seguridad se distinguen aquellos laboratorios con capacidad para manejar información y productos clasificados, de aquellos otros que operan en el régimen de la información y productos no clasificados.
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Proeli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-83