Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Funciones de los cargos del organismo de certificación
Art. 6
10 / 159En vigor desde 26 sept 2007
Corresponde al Secretario General del Organismo de Certificación:
a) Apoyar y asistir al Director del Organismo de Certificación en el ejercicio de sus funciones.
b) Establecer los mecanismos y sistemas de organización del Organismo de Certificación y determinar las actuaciones precisas para su actualización y mejora.
c) Dirigir el funcionamiento de los servicios comunes del Organismo de Certificación a través de las correspondientes instrucciones y órdenes de servicio.
d) Desempeñar la jefatura superior del personal del Organismo de Certificación, elaborar la propuesta de relación de puestos de trabajo y determinar los puestos vacantes a proveer durante cada ejercicio.
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Proeli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-6