Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 4.ª Procedimiento de certificación
Art. 118
122 / 159En vigor desde 26 sept 2007
Aquellos interesados que deseen certificar la seguridad de un producto o sistema de Tecnologías de la Información, deberán someterse al proceso establecido en la presente Sección.
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Proeli/es/o/2007/09/19/pre2740#art-118