Art. 118
Libro REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓNCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 4.ª Procedimiento de certificación

Art. 118

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En vigor desde 26 sept 2007
Aquellos interesados que deseen certificar la seguridad de un producto o sistema de Tecnologías de la Información, deberán someterse al proceso establecido en la presente Sección.
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