Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 14 sept 2007
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo de aplicación a todos los procesos selectivos ya convocados en el presente año 2007, excepto el proceso selectivo para acceso a la condición de militar profesional de tropa y marinería, al que será de aplicación a partir de la convocatoria del próximo año 2008.
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