Capítulo CAPÍTULO III
Art. 4
4 / 18En vigor desde 8 jul 2007
Los titulares iniciales del derecho a percibir un determinado porcentaje de la facturación mensual por tarifas de suministro y tarifas de acceso a las redes serán los adjudicatarios de la subasta que se realice para financiar el déficit reconocido ex ante.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2007/07/06/pre2017#art-4