Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 18
18 / 28En vigor desde 1 jul 2010
El procedimiento de concesión del subsidio por riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural se regirá por lo dispuesto en el artículo 13, con las especificaciones referidas a la cuantía de dicho subsidio establecidas en el artículo 101 del Reglamento.
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Proeli/es/o/2010/06/30/pre1744#art-18