Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria única

14 / 17
En vigor desde 26 sept 2002
Los cheques emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden se regirán por la normativa que les fuera de aplicación en el momento de su emisión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2002/06/19/pre1576#disposicion-transitoria-unica