Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 1 ene 2014
Queda derogada la Orden del Ministerio de la Presidencia, a propuesta conjunta de los Ministerios de Fomento y de Sanidad y Consumo, de 3 de septiembre de 1998, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, en materia de autorizaciones de transporte sanitario por carretera, así como cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.
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