Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 12 may 2007
Queda derogada la Orden de 22 de febrero de 1989, del Ministerio del Interior, sobre medios económicos cuya posesión habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, así como cuantas otras normas, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.
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