Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición final segunda
58 / 59En vigor desde 31 ene 2024
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social resolverá cuantas cuestiones de índole general puedan plantearse en la aplicación de esta orden.
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Proeli/es/o/2024/01/29/pjc51#disposicion-final-segunda