Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 27 ene 2024
El alumnado que haya obtenido el título de Bachiller de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, podrá sustituir la materia obligatoria de modalidad a la que se refiere el artículo 3.1 por la materia que no hubiera escogido previamente al optar, conforme a dicho artículo, entre Historia de España e Historia de la Filosofía.
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