Art. Primero

Art. Primero

1 / 6
En vigor desde 16 abr 2024
El Consejo de Seguridad Nacional será el órgano responsable del desarrollo del Catálogo de Recursos de la Seguridad Nacional.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2024/04/14/pjc326#primero