Art. 11

Art. 11

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En vigor desde 17 abr 2024
1. La calificación final de la fase de oposición será la suma ponderada de la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos profesionales y la obtenida en los test de aptitudes intelectuales de la prueba psicotécnica de acuerdo con los procedimientos que se establezcan en la convocatoria. 2. La calificación de la fase de concurso se obtendrá de acuerdo con lo establecido en la normativa de evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil. 3. La calificación final del proceso selectivo se obtendrá teniendo en cuenta las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. La incidencia de cada una de las fases en el proceso selectivo, será la establecida en la normativa que regula las evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.
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eli/es/o/2024/04/14/pjc325#art-11