Art. 3
3 / 20En vigor desde 12 dic 2025
1. Se establecen los siguientes certificados de formación sanitaria específica para las personas trabajadoras del mar:
a) Certificado de formación sanitaria específica inicial básica.
b) Certificado de formación sanitaria específica inicial.
c) Certificado de formación sanitaria específica avanzada.
d) Certificado de formación sanitaria específica inicial – máquinas.
e) Certificado de formación sanitaria específica inicial – radio.
2. Los certificados se obtendrán tras superar los cursos cuyo contenido se ajustará a los objetivos, temporalización y número de alumnos y alumnas establecidos en el anexo I.
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Proeli/es/o/2025/12/09/pjc1424#art-3