Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 15En vigor desde 22 ene 2024
Esta orden tiene por objeto:
a) Establecer el contenido, estructura, finalidad, y procedimiento de anotación del expediente de aptitud psicofísica del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, donde consten los resultados de los reconocimientos médicos y de las pruebas psicológicas y físicas que se realicen, como parte integrante del historial profesional individual.
b) Dictar las normas para su elaboración, custodia y utilización.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2022/07/19/pcm679#art-1