Art. 11

Art. 11

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En vigor desde 28 ene 2023
La revisión de las calificaciones obtenidas y las fechas máximas para su resolución serán las que, con carácter general, se establecen en el artículo 10 del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio.
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eli/es/o/2023/01/25/pcm63#art-11